PULIDO MYRIAM ANDREA C/ INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE LA CIUDAD S/PRESCRIPCION ADQUISITIVA VICENAL/USUCAPION
La Cámara de Apelaciones confirmó la resolución que rechazó la intervención de terceros interesados en un proceso por prescripción adquisitiva, argumentando que la forma de instrumentación de la cesión de derechos litigiosos requiere escritura pública y que no se acreditó tal formalidad. La sentencia sostiene que la intervención de terceros sin consentimiento de las partes no es procedente y que la documentación presentada no cumplió con los requisitos legales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Quien demanda es la actora, Pulido Myriam Andrea, y quiénes se oponen son el Instituto de la Vivienda de la Ciudad y los terceros interesados que intentaron ingresar al proceso. La causa principal radica en la oposición a la participación de los terceros en el proceso de prescripción adquisitiva, fundamentando la negativa en la falta de instrumentación formal de la cesión de derechos. La Cámara confirmó la resolución de primera instancia que rechazó la intervención de los terceros, señalando que la cesión de derechos litigiosos requiere escritura pública y que no se acreditó tal formalidad. Se resaltó que los terceros no cuentan con consentimiento de las partes y que la documentación presentada no cumple los requisitos del art. 1618 del Código Civil y Comercial de la Nación. La sentencia además recordó que la intervención de terceros interesados requiere conformidad de las partes y que la mera presentación de documentación privada no es suficiente para su incorporación. La decisión fue unánime y las costas se cargaron a los apelantes perdidosos.
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