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ARLIA CLAUDIA CATALINA C/ NUEVO IDEAL SA Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial modificó la sentencia de primera instancia en autos por daños y perjuicios derivados de un accidente automovilístico. La resolución aumentó sustancialmente los montos indemnizatorios y declaró la inconstitucionalidad del límite de cobertura del seguro, disponiendo actualización y pago integral.

Danos y perjuicios Recurso de apelacion Responsabilidad civil automotor

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, Claudia Catalina Arlia, demanda a la aseguradora Nuevo Ideal S.A y a Protección Mutual de Seguros del Transporte de Pasajeros, reclamando indemnización por daños físicos, psíquicos y morales derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 22/05/2019. La sentencia de primera instancia condenó a la aseguradora a pagar $15.546.000, además de intereses y costas, y extendió la condena a la aseguradora de la otra parte. Las partes apelaron; la demandada en garantía desistió, pero la actora y la aseguradora de la otra parte interpusieron recursos. La Cámara modificó los montos indemnizatorios: elevó el daño psicofísico a $25.000.000, el daño moral a $12.500.000, los gastos de tratamiento psicológico a $720.000 y los gastos de farmacia a $50.000. Además, declaró la inconstitucionalidad del límite de cobertura establecido en la póliza, considerando que su actualización y la inflación hacen que la suma asegurada sea insuficiente y desnaturalicen la finalidad del seguro obligatorio. La Cámara aplicó intereses del 6% anual desde el hecho hasta la fecha, y ordenó actualización y pago integral de los montos. También impuso costas a la parte vencida y su aseguradora, y difirió honorarios. Fundamentos principales:
- La sentencia de primera instancia subestimó el daño psíquico y moral, y la cuantificación de gastos necesarios; la Cámara consideró que los montos eran insuficientes y desproporcionados.
- La inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928, que impedía la actualización de las sumas aseguradas, fue declarada de oficio por la Cámara, en línea con la jurisprudencia provincial, dado el contexto inflacionario y la protección de derechos constitucionales y de derechos humanos.
- La actualización del crédito se hizo conforme a los índices del IPC, y se aplicó interés del 6% desde el hecho, considerando la estimación de daños a valores actuales.
- La jurisprudencia consolidada respalda la elevación de los montos indemnizatorios en función de las circunstancias particulares de la víctima y la realidad económica.

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