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CHAMORRO CARLOS ALBERTO C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057

La demanda de revisión de la resolución homologatoria de la Comisión Médica fue rechazada por el tribunal, al comprobar que la pericia médica fue fundada en principios científicos correctos y que no se acreditó incapacidad laboral derivada del accidente. La sentencia confirma la decisión de la Comisión Médica y rechaza los reclamos del actor.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Carlos Alberto Chamorro, demanda la revisión de la resolución homologatoria de la Comisión Médica en el marco de un accidente laboral ocurrido el 21/10/2021, alegando secuelas incapacitantes y solicitando prestaciones dinerarias. La parte demandada, Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A., impugna la acción por falta de acción y de legitimación pasiva, y en subsidio contesta la demanda solicitando su rechazo. El tribunal verifica que el actor sufrió un accidente laboral y que la pericia médica, fundada en el Baremo de Ley y en principios científicos, concluyó que no presenta incapacidad física derivada del evento. La impugnación del actor, fundamentada en patologías complementarias, fue considerada endeble y sin respaldo científico suficiente. La evaluación pericial fue considerada adecuada y correcta, y no se logró acreditar incapacidad laboral. Por ello, se rechaza la demanda en su totalidad y se imponen costas al actor. Fundamentos principales: "Resultando en consecuencia, estar al informe pericial médico fundado en principios técnicos y científicos correctos, respecto a las secuelas incapacitantes en el actor, de lo cual no surge otra prueba que los desvirtué, suministrando los antecedentes y explicaciones que justifican la convicción sobre la materia en que se expide, prestando así asesoramiento al órgano jurisdiccional, resulta prudente aceptar tales conclusiones frente a la imposibilidad de la parte que lo impugna, de oponer argumentos científicos de mayor valor, que permitan advertir fehacientemente el error o el uso inadecuado que el perito hubiese hecho de los conocimientos científicos de los que por su profesión o título ha de suponérselo dotado." "Por lo tanto, atendiendo al resultado de la prueba pericial médica producida en autos, cuya conclusión fue elaborada con adecuada fundamentación científica, con criterio objetivo y concordante con los antecedentes clínicos evaluados, y no habiendo sido dicha pericia controvertida eficazmente por elementos probatorios de entidad suficiente que permitan arribar a un dictamen distinto, corresponde concluir que no se ha acreditado la existencia de una incapacidad laboral sobreviniente derivada del accidente denunciado."

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