HEREDIA LUIS ADOLFO C/ ASOCIACION CIVIL MUTUALISTA CENTRO NAVAL S/ DESPIDO
La sentencia declara la inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928 (texto según ley 25.561), y en consecuencia, condena a la empleadora al pago de indemnización por despido y aguinaldo proporcional, ajustados con índices oficiales y un interés del 6% anual. La demanda se reconoce parcialmente, rechazándose otros rubros reclamados.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Luis Adolfo Heredia, demanda a la Asociación Civil Mutualista Centro Naval por despido sin causa, reclamos indemnizatorios, salarios adeudados y certificados previstos en la ley laboral argentina. La sentencia reconoce que la relación laboral fue válida desde el 1/1/16 hasta el 24/07/19, que se produjo un despido sin causa formalmente ajustado a los requisitos legales y que los pagos y certificados correspondientes fueron entregados, aunque con alguna demora. La decisión principal fue la declaración de inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928 (texto según ley 25.561), por afectar garantías constitucionales, y la condena a la demandada a pagar $110.080,16 por indemnización y aguinaldo proporcional, actualizados conforme a índices oficiales y con interés del 6% anual. La sentencia también rechaza la reclamación por antigüedad, preaviso, vacaciones, salarios de junio y julio 2019, aguinaldo y multas, imponiendo costas a la parte vencida y regulando honorarios profesionales. La fundamentación destaca que la norma impugnada vulnera derechos constitucionales, y que los créditos laborales deben actualizarse con índices que preserven su valor, considerando la inflación y la depreciación monetaria en el país.
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