VELOZO JORGE ALONSO C/ DE MARCO JULIETA CARLA Y OTROS S/ DESPIDO
El Tribunal homologó el desistimiento de la acción y el acuerdo conciliatorio en causa por despido, confirmando que la conciliación no vulnera principios de orden público y corresponde la homologación, imponiendo costas a la parte demandada y eximiendo del pago de tasas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Jorge Alonso Velozo, presentó un desistimiento de la acción y del derecho en la causa por despido contra Europ Assistance Argentina S.A. y arribó a un acuerdo conciliatorio con Julieta Carla De Marco y Rodrigo Carlos De Marco. El tribunal consideró que el desistimiento cumple con los requisitos legales y que la conciliación no vulnera principios de orden público, por lo que procedió a homologar ambos actos. La decisión se fundamentó en que "cumplimentado lo dispuesto por el artículo 277 de la Ley de Contrato de Trabajo y no encontrándose conculcados los derechos del trabajador, es que corresponde homologar el desistimiento". Además, se dispuso que las costas del desistimiento sean en el orden causado, y las del acuerdo, a cargo de los codemandados. Se eximió a las partes del pago de tasa de justicia por tratarse de un acuerdo conciliatorio. La sentencia enfatiza que "la conciliación... no vulnera ningún principio de orden público y constituye... una justa composición de los derechos e intereses de las partes".
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