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VELOZO JORGE ALONSO C/ DE MARCO JULIETA CARLA Y OTROS S/ DESPIDO

El Tribunal homologó el desistimiento de la acción y el acuerdo conciliatorio en causa por despido, confirmando que la conciliación no vulnera principios de orden público y corresponde la homologación, imponiendo costas a la parte demandada y eximiendo del pago de tasas.

Recurso de apelacion Costas procesales Desistimiento Despido Ley de contrato de trabajo Conciliacion laboral Homologacion de acuerdo Jurisprudencia laboral Argentina. Ley 15.057

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Jorge Alonso Velozo, presentó un desistimiento de la acción y del derecho en la causa por despido contra Europ Assistance Argentina S.A. y arribó a un acuerdo conciliatorio con Julieta Carla De Marco y Rodrigo Carlos De Marco. El tribunal consideró que el desistimiento cumple con los requisitos legales y que la conciliación no vulnera principios de orden público, por lo que procedió a homologar ambos actos. La decisión se fundamentó en que "cumplimentado lo dispuesto por el artículo 277 de la Ley de Contrato de Trabajo y no encontrándose conculcados los derechos del trabajador, es que corresponde homologar el desistimiento". Además, se dispuso que las costas del desistimiento sean en el orden causado, y las del acuerdo, a cargo de los codemandados. Se eximió a las partes del pago de tasa de justicia por tratarse de un acuerdo conciliatorio. La sentencia enfatiza que "la conciliación... no vulnera ningún principio de orden público y constituye... una justa composición de los derechos e intereses de las partes".

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