JARA MARIANA ESTER C/ HOGAR GERIATRICO ALFONSINA SRL S/ DESPIDO
La sentencia de primera instancia condena a la empleadora por despido y otros rubros laborales, reconociendo la relación laboral desde 2015 y condenando al pago de indemnizaciones, diferencias salariales, sanciones y certificaciones laborales. La Cámara confirmó la decisión en todos sus términos, avalando la existencia del vínculo y la procedencia de las indemnizaciones y sanciones.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Mariana Ester Jara, demandó al Hogar Geriátrico Alfonsina SRL por despido, salarios adeudados, diferencias de haberes, indemnización por antigüedad, SAC, preaviso, recargo ley 25.323 y otros conceptos. La demandada, en rebeldía, fue declarada en rebeldía y no contestó la demanda, lo que presuponía la veracidad de los hechos alegados por la trabajadora. La prueba testimonial y documental, sumada a la información de AFIP y la falta de registración, acreditó que la trabajadora ingresó en 2015 y que la relación laboral fue continuada hasta 2021, con tareas de mucama y asistente geriátrica. La sentencia de primera instancia sostuvo que la relación laboral fue acreditada desde 2015, y que la demandada incurrió en incumplimientos que justificaron la extinción del vínculo y el pago de indemnizaciones, diferencias salariales y sanciones. La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia, rechazando los planteos de inconstitucionalidad y adhiriendo a los fundamentos y liquidaciones de la primera instancia. Se condenó a la demandada a pagar más intereses y a entregar certificaciones laborales, con costas a su cargo.
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