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FRANCO MELIZA RAMONA C/ SWISS MEDICA ART S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

La demanda por indemnización por incapacidad laboral derivada de accidente de trabajo fue aceptada y la sentencia confirmó la condena a la demandada a abonar la suma de $42.399,79, rechazando la constitucionalidad de ciertos artículos y aplicando actualización e intereses según la normativa vigente.

Intereses Actualizacion monetaria Calculo indemnizatorio Incapacidad fisica Secuelas permanentes Indemnizacion accidente laboral Ley 24.557 Ley 26.773 Inconstitucionalidad decreto 669/19 Legislacion riesgos del trabajo.


- Quién demanda: FRANCO MELIZA RAMONA.

¿A quién se demanda?

SWISS MEDICAL ART SA.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por incapacidad laboral del 1,40% y secuelas permanentes del accidente de trabajo ocurrido el 13/08/2018.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda y se condenó a la demandada a pagar $42.399,79 por incapacidad, además de aplicar actualización monetaria y intereses. Se declaró la inconstitucionalidad de ciertos artículos del Decreto 669/19 y leyes relacionadas con los intereses, por lo que las sumas se actualizarán por IPC y devengar intereses compensatorios del 4% anual. Se impusieron costas a la demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El accidente fue reconocido expresamente por la ART, que brindó prestaciones médicas. La pericia médica determinó una incapacidad física del 1,4%, fundamentada en principios científicos y en el informe pericial. La incapacidad psicológica, basada en un informe genérico y sin mayor sustento clínico, fue descartada. La fórmula de cálculo de indemnización, ajustada por la legislación vigente al momento del accidente, resulta en $42.399,79, incluyendo el pago único adicional. La tasa de interés convencional fue considerada inaplicable por inconstitucionalidad del artículo 12 de la Ley 24.557 y del artículo 7 del Decreto 669/19, por lo que se aplicará actualización por IPC y intereses compensatorios. La sentencia hace lugar a la demanda y condena a la demandada." "El Tribunal también declaró la inconstitucionalidad del artículo 3º del Decreto 669/19, por afectar derechos adquiridos y por ser irrazonable, en consonancia con fallos y doctrina constitucional, y aplicó la normativa vigente al momento del accidente para calcular la indemnización."

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