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BILLORDO JAVIER ALBERTO C/ GEEM SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Y OTROS S/ DESPIDO

La Cámara laboral confirmó la condena a la sociedad GEEM SRL y a su socio Emilio González Armijo por responsabilidad solidaria en el pago de indemnizaciones laborales, y rechazó los reclamos por horas extras y otros rubros. La decisión se fundó en la acreditación del vínculo laboral y la responsabilidad de los socios gerentes.

Quién demanda: Javier Alberto Billordo.

¿A quién se demanda?

GEEM Sociedad de Responsabilidad Limitada, Neltec SRL, Mónica Elizabeth Torres y Emilio Vladimir González Armijo.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por despido, fondo de desempleo, horas extras, entrega de libreta de aportes, y sanciones por incumplimiento.

¿Qué se resolvió?

La relación laboral quedó acreditada con GEEM SRL, que fue condenada a pagar $86.587,67 por rubros indemnizatorios y $1.214.362,10 por sanciones por incumplimiento de aportes sociales, además de ordenarse la entrega de documentación laboral. Se rechazaron los reclamos contra Neltec SRL y Torres por falta de elementos probatorios. Fundamentos principales: El tribunal consideró probado el vínculo laboral entre el actor y GEEM SRL desde el 10/5/2016 hasta el 4/4/2017, con categoría "ayudante", y que la remuneración real coincidía con la informada en la pericia contable, de aproximadamente $11.438,27. Reconoció que la demandada no entregó la libreta de aportes ni realizó los depósitos correspondientes al fondo de desempleo, por lo que se ordenó su pago directo. Respecto a la responsabilidad de los socios, el tribunal sostuvo que Emilio González Armijo, en su carácter de socio gerente, actuó en violación a la legislación laboral y previsional, incurriendo en conducta de evasión de aportes, por lo que debe responder solidariamente junto con la sociedad, en atención a que sus funciones y firma en los recibos y comunicaciones evidencian su participación activa en la administración y en el manejo de la relación laboral. El tribunal también rechazó la pretensión de responsabilidad de Neltec SRL y Mónica Elizabeth Torres por falta de prueba suficiente, y consideró improcedentes los reclamos por horas extras y otros rubros. En materia de actualización y intereses, declaró la inconstitucionalidad del art. 7 de la Ley 23.928, dispuso la actualización de las sumas mediante el índice de precios al consumidor, y aplicó intereses del 4% anual, capitalizables. Se impusieron las costas a la parte vencida, y se ordenó la regularización de honorarios una vez practicada la liquidación

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