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GAUNA ROSANA NOEMI C/ EXPERTA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A S/ RECURSO CONTRA DECISION COMISION MEDICA JURISDICCIONAL. LEY 14997

La sentencia rechaza la demanda de indemnización por incapacidad laboral contra la aseguradora de riesgos del trabajo, confirmando la inexistencia de incapacidad actual y en consecuencia, la improcedencia del reclamo. La decisión se fundamenta en la pericia médica que concluye que la actora no padece incapacidad indemnizable.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, Rosana Noemi Gauna, demanda a la aseguradora de riesgos del trabajo, Expensa Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A., reclamando indemnización por incapacidad derivada de enfermedad profesional. La acción se basa en que la trabajadora sostiene que padece mayor incapacidad y no fue considerada la incapacidad psíquica. La aseguradora argumenta que ha realizado pagos y que la actora rechazó la liquidación administrativa. La prueba pericial médica concluye que la actora no presenta incapacidad física ni psíquica indemnizable actualmente. La sentencia analiza la prueba y el dictamen pericial, concluyendo que no existe incapacidad indemnizable y que, por tanto, se debe rechazar la demanda. La sentencia destaca que la pericia fue realizada con rigor científico y que la diferencia en las conclusiones respecto a la comisión médica se explica por el tratamiento quirúrgico y la evolución clínica. La decisión también impone las costas a la actora con beneficios de gratuidad. Fundamentos principales: "Con la pericia médica producida, con más la respuesta al pedido de aclaraciones formulado por el Tribunal y que evacuara el perito en fecha 3-7-2025, tengo por acreditado que la trabajadora no padece actualmente ninguna incapacidad física ni psíquica indemnizable con causa en las tareas prestadas para su empleadora y por las que formulara denuncia de enfermedad profesional." "El grado de convicción que se logra a partir de los dictámenes periciales no depende de la actitud de los justiciables frente a ellos, sino del modo en que han sido confeccionados los mismos, y en este caso, el dictamen pericial médico ha sido realizado con seriedad y rigor científico, por lo que no habré de apartarme de sus conclusiones." "Al haberse tenido por probado que la actora no sufre ninguna incapacidad física ni psíquica indemnizable, no queda en esta instancia otro camino a seguir que el rechazo de su pretensión indemnizatoria, atento la inexistencia del presupuesto básico de hecho que hace al fundamento de su reclamo."

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