ESCOBAR JUAN JOSE Y PERALTA LELIA NELIDA S/ SUCESION AB-INTESTATO
La sentencia declara la existencia de herederos en un proceso sucesorio ab intestato, reconociendo la identidad de las personas implicadas y acreditando los fallecimientos, además de ordenar la publicación de edictos y la declaración de herederos a favor del hijo de los causantes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La sentencia fue dictada en un proceso de declaración de herederos ab intestato iniciado por los familiares de Juan José Escobar y Lelia Nelida Peralta. Se determinó que Lelia Nelida Peralta y Lilía Nelida Peralta son la misma persona, basándose en documentación y jurisprudencia. Se acreditaron los fallecimientos de los causantes con partidas de defunción fechadas en 2012 y 2014, respectivamente. Además, se constató el matrimonio entre los causantes el 10 de abril de 1954 y el nacimiento del hijo Juan Carlos Escobar el 17 de marzo de 1956. Se publicó la documentación que acredita la publicación de edictos, sin resultados negativos. La Cámara declaró herederos a Juan Carlos Escobar en carácter de universal heredero del fallecimiento de su madre, y en carácter de herederos universales del fallecimiento de su padre, en la medida que corresponda a bienes propios, sin perjuicio de los bienes gananciales. La resolución se fundamenta en las disposiciones del Código Civil y Comercial, en particular los arts. 7 del C.C. y C., y en la normativa de publicación de edictos. La sentencia ordena el registro y la notificación correspondiente.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: