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BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ KRAUSS JOSE RODOLFO S/ COBRO EJECUTIVO

La parte actora desistió del proceso en sede judicial, y el tribunal hizo lugar al desistimiento sin imponer costas, considerando el carácter público del organismo ejecutante.

Costas Desistimiento Procedimiento civil Cobro ejecutivo Notificacion electronica Extincion del proceso Organismo publico Buenos aires Articulo 304 c.p.c.c. Acuerdo 4013/2021.

¿Qué se resolvió en el fallo?

La parte actora, representada por el letrado Dr. Pisano, solicitó mediante presentación electrónica, efectuada el 7/07/2025, que se tenga por desistido del proceso de cobro ejecutivo contra el Banco de la Provincia de Buenos Aires. La juez Gabriela Fernanda Gil, atendiendo lo pedido, declaró extinguida la acción en los términos del artículo 304 del C.P.C.C. y dispuso que no se impongan costas debido al carácter público del organismo ejecutante. La resolución se notificó por medios electrónicos a las partes, remitiéndose copia digital a sus domicilios electrónicos. Fundamentos principales: "Atento lo pedido, tiénese a la parte actora por desistida del proceso (art. 304 del C.P.C.C.). Sin imponer costas atento el carácter público del organismo ejecutante (art. 68, 69, 73 del C.P.C.C.)." La juez consideró que "el desistimiento fue presentado por el apoderado de la parte actora", y que "el proceso debe considerarse extinguido en virtud del desistimiento, sin imposición de costas". La normativa aplicable se sustenta en los artículos 304 y siguientes del C.P.C.C., y en los artículos 68, 69 y 73 del mismo código respecto del carácter del organismo público. No se registran votos disidentes ni consideraciones adicionales.

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