C. V. E. C/F. P. S. S.A.U. S/INCIDENTE DE EJECUCION DE HONORARIOS
La sentencia rechaza la excepción de pago opuesta por la parte ejecutada y confirma la ejecución del pago total de honorarios profesionales, estableciendo que la dación en pago parcial no extingue la obligación y que la ejecutante puede reclamar la totalidad de honorarios contra la parte ejecutada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, C. V. E., demanda el cobro de honorarios profesionales por la gestión judicial en un proceso principal, con un monto total de $113.850,00, incluyendo honorarios y aportes previsionales, además de intereses desde el 16/4/2025. La parte ejecutada, F. P. S. S.A., presenta una excepción de pago basada en una dación en pago parcial, alegando que el depósito efectuado no cubre la totalidad de la deuda. La Cámara resuelve rechazar la excepción de pago, argumentando que la dación en pago parcial no extingue la obligación y que la ejecutante puede reclamar la totalidad de honorarios contra la parte ejecutada, sin que el límite de costas afecte su derecho a repetir. La sentencia también establece que, en caso de incumplimiento, la tasa de interés será la máxima del Banco de la Provincia de Buenos Aires desde la mora, el 16/4/2025. Se imponen las costas a la parte ejecutada, y se ordena la ejecución del pago total. La resolución se basa en el artículo 870 del Código Civil y Comercial, la doctrina sobre obligaciones concurrentes de honorarios y precedentes de la Cámara sobre prorrateo y ejecución de honorarios.
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