MANSUK EMILIO Y MARINO SUSANA MARTA S/ SUCESION AB-INTESTATO
Declaración de herederos ab intestado por fallecimiento de SUSANA MARTA MARINO y EMILIO MANSUK. La sentencia declara a los hijos y al cónyuge como herederos en relación a los bienes propios y gananciales, en base a la ley vigente y la documentación probatoria.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La sentencia fue dictada en la causa "MANSUK EMILIO Y MARINO SUSANA MARTA S/ SUCESION AB-INTESTATO" tras la presentación de la solicitud de declaración de herederos y la publicación edictal correspondiente. Se verificaron los fallecimientos de SUSANA MARTA MARINO el 12/06/2007 y de EMILIO MANSUK el 23/06/2020, así como el matrimonio celebrado el 15/12/1960 y la descendencia nacida de dicha unión. La decisión se fundamenta en la normativa del Código Civil y Comercial, específicamente en el art. 7 del C.C. y C. de la Nación, que establece que el derecho sucesorio se rige por la ley vigente al momento del fallecimiento del causante. La documentación aportada y la publicación de edictos culminaron con la declaración de herederos, en los términos del art. 735 y siguientes del CPCC y los arts. 3410, 3545, 3565, 3570 y ccs. del C.C., así como los arts. 2337, 2424, 2426, 2433 del C.C. y C.N. La declaración abarca a los hijos: SUSANA BEATRIZ MANSUK, MARTA ALEJANDRA MANSUK, JOSE EMILIO MANSUK, PATRICIA MARCELA MANSUK y JORGE ALBERTO MANSUK, y al cónyuge EMILIO MANSUK, en relación a sus bienes propios y gananciales. La resolución fue notificada conforme a la normativa vigente.
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