PALACIOS MARIA HORTENSIA C/ HEREDEROS Y SUCESORES DE ALARCON MELITON REINALDO y otros S/PRESCRIPCION ADQUISITIVA VICENAL/USUCAPION
La demanda por prescripción adquisitiva de dominio fue rechazada por no acreditarse la posesión continua, pública, pacífica e ininterrumpida por al menos 20 años, conforme a la prueba producida y los hechos acreditados en autos. La sentencia fundamenta que la actora no logró probar los requisitos esenciales para la usucapión, especialmente en relación con la antigüedad y naturaleza de la posesión, y que la documentación aportada no acredita la continuidad alegada. La resolución destaca que la posesión debe ser demostrada con prueba concluyente, y que los medios presentados, como comprobantes de pago de impuestos con fechas recientes, son insuficientes para acreditar la posesión de un período de 20 años. Además, se señala que la convivencia o el simple hecho de habitar un inmueble no constituyen prueba suficiente de dominio para configurar la usucapión. La sentencia además recuerda que la ley vigente, en especial los arts. 1897 y siguientes del Código Civil y Comercial de la Nación, regula estrictamente los requisitos de la usucapión, y que en este caso, no se ha demostrado que la actora cumpliera con todos ellos. Se imponen las costas a la parte actora por haber sido vencida en su pretensión.
Prescripcion adquisitiva
Posesion
Usucapion
Prueba
Inmueble
Dominio
Bienes inmuebles
Primera instancia
Ley 26.994
Moron
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