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GROUP MERLINO S.A. C/ MANZUR SANDRO FABIAN S/ COBRO SUMARIO SUMAS DINERO (EXC.ALQUILERES, ETC.)

La sentencia condena al demandado al pago de la suma reclamada por incumplimiento de pagarés vinculados a operaciones de venta, confirmando la deuda y la rebeldía del demandado. La decisión se basa en la documentación y la declaración de rebeldía, con imposición de costas a la parte vencida.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La demandante, GROUP MERLINO S.A., inició acción de cobro contra Sandro Fabian Manzur, reclamando $114.049,05 por incumplimientos en pagarés relacionados con ventas realizadas en 2022 y 2023 en Bahía Blanca. La parte demandada no contestó la demanda, fue declarada rebelde y se la tuvo por confesada. La sentencia reconoce la validez de los pagarés y la existencia de la deuda, condenando al demandado a pagar en 10 días esa suma, con intereses moratorios. La fundamentación se basa en la presunción de veracidad por rebeldía, en la documentación adjunta y en la confesión ficta, considerando que el silencio del demandado refuerza la veracidad de las circunstancias invocadas. La condena incluye intereses y costas, y se desestima cualquier planteo en contrario. FUNDAMENTOS PRINCIPALES: "Existe, sin embargo, como dijo la Excma. S.C.J.B.A., una diferencia entre los efectos del reconocimiento ficto según verse sobre los hechos o la documentación agregada a la demanda, pues respecto de aquéllos podrán estimarse como reconocimiento de la verdad de los mismos; y tratándose de documentación, esa posición reticente de la accionada conlleva la solución legal consistente en que se la tendrá por reconocida o recibida (Fallo del 31/AGO./76; D.J.B.A. el 29/SET./76, pág. 82)." "Por ello, corresponde hacer lugar a la demanda y condenar a la parte demandada al pago de la suma reclamada, dado que ante su silencio se presume la veracidad de los hechos y la existencia de la deuda, acreditada mediante los pagarés adjuntados en autos." "Asimismo, no habiendo comparecido a la vista de causa, se lo tiene por confeso conforme al pliego de posiciones, y en consecuencia, se confirma la deuda en los términos del reclamo." "En virtud del silencio y la rebeldía del demandado, la declaración de confeso y la documentación presentada, la sentencia hace lugar a la demanda en todos sus términos, condenando al pago en 10 días, con intereses desde la mora, y costas a cargo del vencido."

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