Logo

.................... S/ RECURSO EXTRAORDINARIO DE INAPLICABILIDAD DE LEY EN CAUSA N° 127.641 DEL TRIBUNAL DE CASACIÓN PENAL, SALA IV

La Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires rechazó el recurso extraordinario interpuesto por Serrano contra la resolución que confirmó el cómputo de la pena. La decisión se fundamenta en que no se evidencian vicios de arbitrariedad ni errores en la interpretación del derecho, y que la prescripción no se configuró conforme a la ley.

Recurso extraordinario

¿Qué se resolvió en el fallo?

La causa versa sobre la impugnación de Néstor Fabián Serrano respecto de la interpretación del plazo de prescripción de su condena, tras alegar que la pena estaría extinguida por el transcurso del tiempo desde la firmeza de la condena. Serrano fue condenado en 2000 a 12 años de prisión, reducida a 11 años y 8 meses en 2010, y la sentencia quedó firme en 2012. La defensa argumentó que, desde esa fecha, la pena estaba prescripta en virtud de los arts. 65 y 66 del Código Penal, y que la interpretación de la jurisprudencia y las instancias inferiores que excluyen la prescripción en casos de reincidencia y libertad condicional es arbitraria y viola el principio de legalidad. La Sala IV del Tribunal de Casación Penal y la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de La Plata rechazaron los recursos de casación y apelación, respectivamente, considerando que la comisión de un nuevo delito durante la libertad condicional activa la revocación y que no correspondía aplicar la prescripción. La Suprema Corte, tras analizar la causa, concluyó que no existen vicios que hagan procedente el recurso extraordinario, y que la interpretación de las instancias inferiores resulta ajustada a derecho, por lo que se confirma la decisión de rechazo del recurso. Fundamentos principales: El tribunal analizó las actuaciones y la jurisprudencia aplicable, destacando que la prescripción de la pena no opera automáticamente por el simple transcurso del tiempo desde la firmeza de la condena cuando el condenado ha cometido un nuevo delito en ese período y mantiene la libertad condicional. La sentencia señala que "la comisión de un nuevo delito por parte del penado, mientras goza de libertad condicional, torna operativa la cláusula de revocación prevista en el art. 15 del Código Penal, sin que ello implique que la pena esté prescripta." Además, se resaltó que la cuestión de la prescripción debe ser planteada por la parte en los términos y plazos establecidos por la ley, y que en el caso particular, las instancias inferiores actuaron conforme a derecho y a la jurisprudencia vigente. Finalmente, la Corte afirmó que no se evidencian irregularidades en el fallo recurrido, y que la interpretación del derecho efectuada es razonable y ajustada a las normas.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar