.................... S/ RECURSO EXTRAORDINARIO DE INAPLICABILIDAD DE LEY EN CAUSA N° 112.429 DEL TRIBUNAL DE CASACION PENAL, SALA I.-
La Suprema Corte de Buenos Aires rechazó el recurso extraordinario contra la sentencia que condenó a Gramajo a 20 años de prisión por abusos sexuales agravados. La mayoría consideró que el fallo contó con fundamentación suficiente y que no se violaron garantías constitucionales, incluyendo la prohibición de reformatio in pejus.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa analiza el recurso extraordinario presentado por la defensa de Gabriel David Gramajo contra la sentencia de la Sala I del Tribunal de Casación Penal, que mantuvo la pena de veinte años impuesta por delitos de abuso sexual agravado, tras desestimar agravios relacionados con la cuantificación de la pena y la alegada violación del principio de reformatio in pejus. La Sala Casatoria declaró admisibles algunos agravios, particularmente sobre la arbitrariedad en la determinación de la pena, pero los rechazó en cuanto a la violación del principio de no empeorar la situación del imputado. La mayoría del tribunal consideró que la sentencia de Casación contaba con fundamentación suficiente y que la decisión de mantener la pena, aun tras desestimar una agravante, no implicaba arbitrariedad ni infringía garantías constitucionales. La defensa argumentaba que la Casación modificó la valoración del hecho y que, al mantener la pena tras quitar una agravante, se vulneró la prohibición de reformatio in pejus, pero la mayoría sostuvo que la decisión fue fundada y respetó los principios del sistema. Los votos disidentes analizaron aspectos de la afectación de la garantía y la interpretación del alcance del principio de reformatio in pejus, pero en definitiva, la Corte rechazó el recurso.
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