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PASCUZZO VIVIANA ALICIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora interpuso recurso de apelación contra la sentencia que rechazó su planteo de inconstitucionalidad de las leyes que regulan la movilidad de los haberes previsionales. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia, con excepción de un voto en disidencia.

Movilidad previsional Ley 26.417 Ley 27.426 Ley 27.541 Ley 27.609 Derechos adquiridos Retroactividad Inconstitucionalidad

Reajustes en el haber previsional por movilidad
- Decisión: La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, salvo el voto en disidencia de la Dra. Perez Tognola, quien declaró la inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 por considerar que su aplicación retroactiva afectaba la movilidad dispuesta por la ley anterior de forma perjudicial para el beneficiario. Los principales fundamentos de la decisión fueron:
- La Cámara consideró que las leyes 26.417, 27.426, 27.541 y 27.609 que regulan la movilidad previsional respetan la garantía constitucional del art. 14 bis, dejando librado al legislador las pautas para hacerla efectiva.
- Respecto a la aplicación retroactiva de la ley 27.426, la Cámara consideró que no afectaba derechos adquiridos del beneficiario, ya que el derecho a la movilidad se devenga y otorga semestralmente, no mes a mes.
- En cuanto a la ley 27.541 de emergencia, la Cámara entendió que se encontraban reunidos los extremos que legitiman una norma de emergencia.

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