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NUÑEZ FRANCISCA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora solicitó el reajuste de su haber previsional por pensión derivada. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó al organismo previsional reajustar la prestación del actor con la diferencia entre lo percibido por decretos y lo que le hubiera correspondido conforme la ley suspendida, diferiendo el tratamiento de otras cuestiones de inconstitucionalidad para la etapa de ejecución.

Inconstitucionalidad Movilidad jubilatoria Reajuste de haberes previsionales Ley 27.609 Ley 27.426

Reajuste de haber previsional por pensión derivada

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia, ordenando el reajuste de la prestación en los términos indicados y difiriendo el tratamiento de otras cuestiones de inconstitucionalidad para la etapa de ejecución. Fundamentos relevantes:
- Confirma la aplicación del índice de salarios básicos de convenio de la industria y la construcción, ratificando la doctrina de la CSJN en "Elliff" y "Blanco".
- Declara la inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426.
- Ordena el reajuste de la prestación en enero y febrero de 2021 con la diferencia entre lo percibido por decretos y la movilidad que hubiera correspondido por la ley suspendida.
- Difiere el tratamiento de la inconstitucionalidad de la Ley 27.609 y del art. 26 de la Ley 24.241 para la etapa de ejecución.

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