CASQUERO, MABEL NOEMI c/ ANSES s/IMPUGNACION de ACTO ADMINISTRATIVO
La actora impugnó el ajuste por movilidad de su haber previsional. La Cámara Federal modificó parcialmente la sentencia al declarar la inconstitucionalidad de la fórmula de movilidad desde 2022 y ordenar su actualización con un índice combinado de IPC y RIPTE.
Impugnación del ajuste por movilidad del haber previsional
- Decisión: La Cámara modificó la sentencia de primera instancia al declarar la inconstitucionalidad de la fórmula de movilidad prevista en la ley 27.609 a partir de 2022, y ordenar su actualización trimestral con un índice combinado de 50% IPC y 50% RIPTE. Confirmó el reconocimiento de la diferencia del 42,13% no percibida en diciembre 2020 por aplicación de la ley 27.426.
Fundamentos:
- La Cámara analizó la constitucionalidad de las distintas leyes de movilidad aplicadas, concluyendo que si bien la ley 27.609 era formalmente válida, su aplicación práctica a partir de 2022 generó una depreciación acumulada de entre 33,70% y 49% de los haberes, vulnerando la garantía constitucional de movilidad.
- Citaron precedentes de la CSJN que establecen que la movilidad debe guardar razonable proporción con los ingresos de los trabajadores en actividad, y que el Poder Judicial puede revisar la razonabilidad de la fórmula implementada por el Congreso.
- En disidencia, un juez propuso aplicar desde 2022 un índice combinado de 50% IPC y 50% RIPTE, criterio que fue aceptado por mayoría.
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