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ESTUDIO DE INGENIERIA REYES Y ASOC. S.R.L. C/ ZUBILLAGA EUGENIA S/ CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS CIVILES/COMERCIALES

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial Departamental declaró la inconstitucionalidad de los arts. 7 y 10 de la Ley 23.928 -texto según ley 25.561- y modificó la forma de actualizar la suma reclamada, estableciendo que se actualice según el Índice de Costo de la Construcción en el Gran Buenos Aires y que los intereses se fijen en un 6% anual desde la mora. La decisión se fundamentó en que la aplicación de tasas bancarias o índices que no consideren la inflación vulneran el derecho de propiedad y la constitucionalidad. La sentencia también confirmó la condena en costas a la demandada vencida.


- La actora, Estudio de Ingeniería Reyes & Asociados S.R.L., demanda a Eugenia Zubillaga por incumplimiento de pago en un contrato de obra civil, reclamando $323.756,89.
- La demandada, Eugenia Zubillaga, no pagó las sumas adeudadas y quedó en rebeldía, siendo posteriormente declarada en rebeldía y luego en comparecencia.
- La sentencia de primera instancia consideró probado el incumplimiento y condenó a la demandada a pagar la suma reclamada, actualizada con el índice de ICC del INDEC y con intereses a tasa activa, además de imponer costas.
- La actora interpuso recurso de apelación cuestionando la tasa de interés aplicada y solicitando la aplicación del índice de la Cámara Argentina de la Construcción, argumentando que la tasa bancaria viola el derecho de propiedad.
- La demandada y el tercero interviniente replicaron, defendiendo la constitucionalidad de la tasa y la legalidad del interés moratorio.
- La Cámara, en análisis profundo, abordó la constitucionalidad de las normativas sobre actualización monetaria, considerando la doctrina "Barrios" y la jurisprudencia provincial, y declaró la inconstitucionalidad de los arts. 7 y 10 de la Ley 23.928 -texto según ley 25.561-.
- La Cámara modificó la forma de actualización del monto, estableciendo que se ajuste según el Índice de Costo de la Construcción en el Gran Buenos Aires (ICC) desde la fecha de la mora, y que los intereses sean del 6% anual desde la mora.
- Fundamentó que la aplicación de tasas bancarias o índices que no consideren la inflación violan el derecho de propiedad y la Constitución, y que la doctrina legal "Barrios" permite judicialmente declarar la inconstitucionalidad de dichas normas sobrevinientes.
- La decisión fue adoptada por unanimidad, en los términos del voto del Dr. Peralta Mariscal, que fue compartido por el Dr. Mercado

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