MUNICIPALIDAD DE CORONEL SUAREZ C/BANCO CREDICCOP COOPERATIVO LIMITADO S/INCIDENTE DE INCUMPLIMIENTO DE MEDIDA CAUTELAR
Nulidad de notificaciones por irregularidades en el procedimiento de notificación electrónica y consecuente declaración de nulidad de todo lo actuado desde el 7/10/2024.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Municipalidad de Coronel Suárez promovió un incidente de incumplimiento de medida cautelar contra el Banco Credicoop, denunciando la desobediencia a la orden de embargo. El juez de primera instancia declaró parcialmente la nulidad de las notificaciones realizadas el 7/10/2024, considerando que fueron dirigidas a domicilios no adecuados para notificaciones de demandas, y condenó al Banco a pagar una multa. La Cámara revoca esa resolución y declara la nulidad de todos los actos procesales desde esa fecha, por considerar que las notificaciones fueron realizadas en forma irregular, vulnerando el derecho de defensa del Banco. La defensa del Banco alegó que las notificaciones realizadas en domicilios no inscriptos en el Registro Electrónico y en domicilios electrónicos destinados a oficios no son válidas, y que no se acreditó el conocimiento efectivo de la demanda. La Cámara concluye que las notificaciones no cumplen con los requisitos legales, que las mismas fueron defectuosas y que, por tanto, se viola el principio de derecho a defensa. Añade que, si bien las notificaciones en domicilios no adecuados no convalidan el acto, el conocimiento efectivo del acto por parte del destinatario no quedó probado, por lo que procede la nulidad. La sentencia confirma la nulidad de todas las actuaciones desde el 7/10/2024 y ordena la devolución a esa fecha, con costas a la parte actora.
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