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R., H. S/ ABRIGO

La Cámara de Apelaciones confirma la decisión que declaró la adoptabilidad del menor Homero Rivata, manteniendo la medida de protección por considerar que la progenitora no logró revertir la situación de vulneración de derechos ni demostrar la posibilidad de un entorno familiar adecuado en su esfera.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La medida de abrigo compulsivo respecto del menor Homero Rivata fue efectiva desde el 17 de enero de 2024, y la sentencia de grado del 2 de diciembre de 2024 declaró su situación de adoptabilidad. La decisión fue apelada por la madre, Sra. Luciana Soledad Rivata, quien argumentó que no se agotaron medios adecuados para revertir la vulneración de derechos y solicitó la revinculación del niño. La Cámara analiza las acciones realizadas por los órganos intervinientes, los informes técnicos y periciales, y concluye que no se logró modificar la situación de riesgo ni el compromiso de la progenitora para ejercer la función parental. El tribunal destaca que, pese a los esfuerzos, la progenitora no evidenció cambios suficientes en sus conductas ni en su compromiso con la crianza, y que la evaluación pericial refleja un discurso desresponsabilizado y escaso compromiso con su hijo. Además, se resalta que la medida de protección se ha extendido más allá del plazo legalmente previsto, sin que la madre haya presentado mejoras, y que priorizar el interés superior del niño implica garantizarle un entorno familiar estable. La sentencia apelada se ajusta a derecho, por lo que se confirma en todos sus términos.

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