MATTEO GONZALEZ JESUS EZEQUIEL C/ CEBALLOS JUAN MAURICIO Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La Cámara de Lomas de Zamora modificó los montos indemnizatorios por daños y perjuicios en un accidente de tránsito; elevó el daño patrimonial a $6.300.000 y el daño extrapatrimonial a $3.000.000, confirmando la responsabilidad del demandado y ajustando intereses conforme a la normativa vigente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor demanda por daños derivados de un accidente de tránsito ocurrido cuando circulaba en motocicleta por la Avenida Don Orione, siendo embestido por un automóvil conducido por Ceballos, que invadió el carril y a excesiva velocidad. La sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda y condenó al demandado y a la aseguradora a pagar indemnizaciones por daños patrimoniales y no patrimoniales, con montos iniciales que fueron objeto de apelación. La Cámara analiza la responsabilidad objetiva del demandado conforme a los arts. 1722 y 1757 del Código Civil y Comercial, concluyendo que no se acreditó culpa de la víctima ni de terceros como causa de exoneración. La pericia médica establece una incapacidad del 50% y daños físicos y psíquicos, vinculados causalmente con el accidente. La sala confirma la responsabilidad y ajusta los montos indemnizatorios a $6.300.000 por daño patrimonial y $3.000.000 por daño moral, aplicando intereses desde la fecha del hecho, con tasa del 6% anual hasta el fallo y la tasa activa más alta del Banco de la Provincia de Buenos Aires desde entonces hasta pago. Se imponen las costas a la parte demandada, y se difiere la regulación de honorarios hasta la etapa de ejecución.
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