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GALARZA ANABELLA ELIZABETH C/ CIARROCCA FABRIZIO NORBERTO S/ DESPIDO

La Cámara de Apelaciones en lo Laboral de San Isidro confirmó la procedencia de la demanda por despido y derechos laborales, declarando la inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928 y condenando al empleador al pago de indemnizaciones y certificados laborales.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, Sra. Galarza, demanda a Ciarrocca por despido indirecto y falta de registración laboral. La relación laboral fue acreditada mediante confesión ficta tras la incomparecencia del demandado, quien además fue declarado en rebeldía. La relación laboral comenzó el 18/12/2018, con salario de $36.000 mensuales y funciones como cocinera en un bar en San Isidro. La relación se consideró extinguida el 20/12/2019, tras la negativa del empleador a reconocer el vínculo y la comunicación de despido por parte de la actora. El tribunal valoró la negativa del empleador a exhibir documentación, la comunicación fehaciente y la declaración de rebeldía para acreditar la existencia del vínculo laboral. Se concluyó que la falta de registración y las injurias graves permitieron considerar justificado el despido indirecto. Se declaró la inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928, por afectar el derecho a la actualización del crédito laboral. Se condenó al demandado a pagar indemnizaciones por antigüedad, preaviso, SAC, salarios de diciembre y noviembre 2019, vacaciones 2019, sanciones y multas legales. La suma total actualizada y con intereses, según índice RIPTE y un interés del 6% anual, fue de $414.577,70. Además, se ordenó la entrega de certificados laborales en plazo. Fundamentos principales: "la relación laboral se acreditó mediante confesión ficta y la declaración de rebeldía del demandado, que no contestó la demanda pese a estar debidamente notificado, lo cual genera una presunción a favor de la veracidad del relato de la actora. La falta de registración y las injurias graves justifican la extinción del vínculo por despido indirecto, conforme a la normativa laboral vigente y precedentes jurisprudenciales." "la norma impugnada, art. 7 de la ley 23.928, según ley 25.561, vulnera principios constitucionales por impedir la actualización de créditos laborales, por lo que debe declararse su inconstitucionalidad." "las indemnizaciones y multas se calculan con actualización monetaria por índice RIPTE, intereses del 6% anual y en función de los valores y parámetros establecidos en jurisprudencia y doctrina."

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