OJEDA ODILA OFELIA C/ GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
La Cámara confirmó la procedencia parcial de la demanda por accidente de trabajo, estableciendo la indemnización y validando el cálculo de la misma con actualización y tasa de interés, además de declarar la inconstitucionalidad de una resolución normativa.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, Odila Ojeda, demandó a Galeno Riegos del Trabajo S.A., reclamando indemnización por incapacidad psíquica y física derivada de un accidente laboral ocurrido el 19.3.18.
- La demandada reconoció haber brindado prestaciones médicas y otorgado alta médica sin incapacidad, pero negó la existencia del accidente laboral. Sin embargo, la prueba documental y pericial acreditó el carácter laboral del siniestro y la incapacidad del 3,3%.
- El tribunal concluyó que la relación laboral y el accidente estaban acreditados, y que la incapacidad física y psíquica, aunque menor al 25%, existió. Se fijó la indemnización en $62.166,65, actualizada por RIPTE, con intereses del 6% anual.
- Además, se declaró la inconstitucionalidad de la Resolución SSN 1039/2019, y se condenó a la aseguradora a pagar la suma reclamada, con costas y regulación de honorarios.
- La fundamentación se centró en la validez del reconocimiento previo del carácter laboral, la valoración de pruebas médicas y la inaplicabilidad de normas inconstitucionales, además del correcto cálculo de la indemnización con actualización y tasa de interés.
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