AGUILAR CLAUDIA PATRICIA C/ ASOCIART S.A. ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S/ RECURSO CONTRA DECISION COMISION MEDICA JURISDICCIONAL. LEY 14997
La homologación del acuerdo transaccional en reclamo laboral fue aprobada por el Tribunal, considerando que no existe obstáculo legal y que se logró una justa composición de la litis. La decisión confiere fuerza de cosa juzgada al acuerdo alcanzado entre las partes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demandante, AGUILAR CLAUDIA PATRICIA, demandó a ASOCIART S.A. ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO en el marco de un proceso laboral. Las partes presentaron un acuerdo transaccional el 30/06/25, que fue sometido a homologación por el tribunal. El Tribunal del Trabajo Nº 3 de General San Martín analizó las constancias del expediente, las explicaciones de las partes y las bases del acuerdo, concluyendo que no existía impedimento legal para su homologación y que se había alcanzado una justa composición de la litis. El tribunal homologó el acuerdo con fuerza de cosa juzgada, imponiendo las costas a la demandada y regulando los honorarios profesionales de los letrados y peritos, en conformidad con las leyes 14.967 y 15.057. Además, ordenó los pagos correspondientes, incluyendo depósitos en cuentas bancarias, honorarios, aportes y tasas judiciales, rechazando la exención de la tasa de justicia. La decisión se fundamenta en que la transacción cumple con los requisitos legales y que la misma pone fin a la controversia, consolidando un acuerdo definitivo. El tribunal también dispuso las formalidades de pagos y acreditaciones, así como las notificaciones pertinentes, en cumplimiento de la normativa procesal y arancelaria aplicable.
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