BERRUTTI SABRINA GISELLE C/ EXPERTA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A S/ ACCIDENTE IN-ITINERE
Tribunal del Trabajo de General San Martín declara la caducidad de instancia en causa por accidente in itinere por inactividad procesal superior a seis meses, confirmando el interés de la parte demandada en el proceso y ordenando el archivo de las actuaciones. La decisión se fundamenta en la desidia procesal y el incumplimiento de intimaciones previas por parte de la actora.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa fue promovida por BERRUTTI SABRINA GISELLE contra EXPERTA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. por reclamaciones relacionadas con un accidente in itinere. La sentencia analiza la inacción de la parte actora, quien mantuvo una inactividad procesal superior a seis meses y renunció a su patrocinio letrado por pérdida de contacto con la trabajadora. El tribunal destaca que el desinterés manifiesto de la parte actora justifica la declaración de caducidad de la instancia, en línea con la doctrina de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, la cual sostiene que "la declaración de caducidad de la instancia, cuando de las constancias en autos se desprende en forma inequívoca que la parte interesada es quien impide que el pleito arribe a su fin", es ajustada a derecho. Además, se recuerda que la inactividad de las partes y su desidia procesal no pueden ser suplidas por los jueces, manteniendo el carácter de remedio excepcional de la caducidad. La resolución impone las costas a la parte actora y ordena el archivo de las actuaciones.
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