BORBOLLA ANDRES DARIO C/ PREVENCION ART S.A S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
El tribunal reguló los honorarios de un abogado por su actuación en expediente administrativo ante la Comisión Médica N° 14 de Junín. La sentencia confirma el monto de 10 jus arancelarios y establece que los honorarios serán cargo de PREVENCION ART S.A., imponiendo costas a la demandada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Dr. Andres Borbolla promovió una demanda para la regulación de honorarios profesionales por su actuación en un expediente administrativo ante la Comisión Médica N° 14 de Junín, en representación de la Sra. Gardu Victoria Pamela, en relación con un accidente laboral ocurrido el 19/10/2023. La Comisión Médica determinó que el trabajador debía seguir recibiendo prestaciones en especie, y Borbolla no percibió honorarios hasta la resolución administrativa. La parte demandada, PREVENCION ART S.A., argumentó que la pretensión era prematura, ya que el trámite aún no culminaba y no existía una determinación definitiva de incapacidad. El tribunal, tras analizar la normativa aplicable, concluyó que en estos casos procede regular los honorarios en el mínimo previsto por la ley, es decir, 10 jus arancelarios, considerando la actividad oficiosa del letrado y el carácter administrativo del proceso. La sentencia también regula los honorarios de otros profesionales intervinientes en el proceso, con importes específicos y la imposición de costas a la demandada por resultar vencida. La decisión fue dictada en la ciudad de Junín, con firma digital y en conformidad con el acuerdo correspondiente.
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