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SOSA MALDE SEBASTIAN MARCELOC/ SAINZ GERARDO DANIEL Y OTRO/A S/RESOLUCION DE CONTRATOS CIVILES/COMERCIALES

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial Mar del Plata modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, aceptando parcialmente el reclamo por daños materiales y elevando significativamente el daño moral, en función de la valoración de las pruebas y la proporcionalidad de la indemnización.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Sebastián Marcelo Sosa Malde, demanda por daños y perjuicios derivados de la resolución contractual del contrato de locación y los daños consecuentes en un local destinado a un boliche bailable. La sentencia de primera instancia condenó a los demandados a pagar $2.000.000 más intereses, y costas. La parte actora apela solicitando la inclusión de gastos en concepto de resolución contractual, daños materiales, lucro cesante, daño moral e intereses, además de cuestionar la valoración probatoria y la cuantificación de los daños. La demandada también apela, alegando la omisión de análisis sobre renuncias del actor, errores en la valoración de pruebas y en la distribución de costas por vencimiento parcial. La Cámara de Apelaciones, tras analizar las pruebas y los agravios, decide:
- Admitir parcialmente el reclamo de daños materiales, elevando la suma a $19.250.
- Elevar la indemnización por daño moral a $6.000.000, considerando las circunstancias del caso y la afectación psíquica del actor.
- Rechazar los recursos en la medida restante, confirmando la sentencia en los aspectos no modificados. Fundamentos principales: La Sala valoró que la renuncia del actor no fue expresamente manifestada y que la omisión del análisis de ciertos agravios no afectó la sustancia del fallo. Respecto a los gastos, se acreditaron parcialmente algunos conceptos mediante reconocimiento expreso de la demandada y prueba documental, pero otros no fueron probados fehacientemente, por lo que se desestimaron. La valoración del daño moral consideró la afectación psíquica y la doctrina sobre indemnización de daños no patrimoniales, elevando la suma a un monto que busca proporcionar una satisfacción equivalente. La tasa de interés se mantuvo en los términos fijados en la sentencia. La distribución de costas fue en un 50% para cada parte debido a los resultados parciales.

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