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INCIDENTE DE APORTES EN AUTOS BARRAGAN NORBERTO FABRICIO S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS(EXPTE 6005)

La Cámara confirmó la sentencia que adicionó honorarios al defensor de pobres conforme ley 14.967. El Tribunal aplicó precedentes propios y rechazó los agravios del Defensor General respecto a la regulación de aportes previsionales al sistema de abogados bonaerenses.

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Quién demanda: Defensor General de la Provincia de Buenos Aires (apelante contra decisorio de primera instancia).

¿A quién se demanda?

El decisorio de primera instancia que adicionó honorarios al defensor de pobres y ausentes ad hoc, con repercusión en la Caja de Previsión Social para Abogados de la Provincia de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

El Defensor General impugnó mediante recurso de apelación la sentencia del 2/5/2024 que adicionó a los honorarios regulados al defensor de pobres y ausentes ad hoc el porcentaje de ley que corresponda conforme lo dispuesto en la sentencia de esta Cámara del 3/09/2019, causa N° 97.803.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó el decisorio apelado en lo que fue materia de agravio, rechazando los planteos del Defensor General. Fundamentos principales: El Tribunal fundamentó su decisión señalando que "tratándose de idéntica situación y siendo que el Superior Tribunal bonaerense no se ha expedido al respecto hasta el momento, corresponde replicar todos y cada uno de los fundamentos, citas legales y jurisprudenciales allí vertidas para desestimar el planteo, en virtud de la aplicación de las disposiciones vigentes, la operatividad de derechos y principios con jerarquía constitucional y convencional, el orden público que alcanza a las leyes previsionales y al diálogo armónico entre las fuentes" (arts. 14 bis -párr. 3-, 16, 75 inc. 22, 121 y 125 -párr. 2
- de la CN; 39 inc. 3 y 40 de la Const. Prov.; 1, 2, 3 y 12 del CCyCN; 12, inc. b, 16 de la ley 6.716, texto s/ leyes 10.268 y 11.625; 91 de la ley 5.827, texto s/ ley 14.365). El Tribunal señaló que esta cuestión había sido abordada por el mismo Tribunal en la causa n° 97.803 "Dr. Juan M. Ferraro s. incidente de apelación en 'Vega, C. Alejandro s. su situación expte. n° 24.208'" (sentencia del 03.09.2019), criterio reproducido posteriormente en la causa n° 101.262 "Paredes, Marcelo c. Bustamante, Micaela s. beneficio de litigar sin gastos" (sentencia del 21.03.2023) y en la causa n° 101.291 "Moure, Andrea G. c. Risetti, Augusto s. beneficio de litigar sin gastos" (sentencia del 25.04.2023), consolidando una línea jurisprudencial consistente en la actual integración del Tribunal. La sentencia dispuso comunicar lo decidido a la Procuración General de la Provincia de Buenos Aires, por intermedio de la Defensoría General, como obligada al pago de la obligación previsional, y a la Caja de Previsión Social para Abogados de la Provincia de Buenos Aires, como beneficiaria. Se condenó al Defensor General sin costas de alzada atento la naturaleza arancelaria de la cuestión.

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