CUADERNO DE APELACION JUS SE REGULAN EN AUTOS FERNANDEZ RUPERTO S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS - JP-19751-2023
La Cámara de Dolores confirmó el decisorio que adicionó honorarios a la defensora de pobres, en línea con precedentes judiciales y principios constitucionales, rechazando los agravios y manteniendo la regulación de honorarios, en atención a la normativa vigente y jurisprudencia consolidada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, P.M.D., cuestionó la resolución del 27/5/2024 que adicionó a los honorarios regulados a la defensora de pobres y ausentes ad hoc un 10% e IVA. La Cámara analizó la cuestión, remitiéndose a antecedentes jurisprudenciales y criterios del Superior Tribunal bonaerense, y concluyó que la decisión era ajustada a derecho. La Cámara desestimó los agravios y confirmó el fallo. La fundamentación principal se apoyó en la normativa procesal, constitucional y convencional, citando artículos de la Constitución Nacional y Provincial, así como leyes procesales y previsionales, considerando la naturaleza arancelaria y la operatividad de derechos constitucionales. Se resaltó que la discusión sobre honorarios está resuelta en favor del criterio mayoritario y la jurisprudencia consolidada.
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