CUADERNO DE APELACION JUS SE REGULAN EN AUTOS - MELEK GRACIELA TERESA S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS - JP-19201-2023
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Dolores confirmó la resolución del 12/6/2024 que adicionó honorarios a la defensora de pobres y ausentes en un beneficio de litigar sin gastos, rechazando los agravios y reafirmando la legalidad de la decisión en virtud del marco legal y jurisprudencial vigente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa es un recurso de apelación interpuesto contra una resolución del 12/6/2024 que adicionó honorarios a la defensora de pobres y ausentes en un beneficio de litigar sin gastos, en los términos del art. 9 de la ley 14.967. La Cámara analizó la cuestión y, en línea con precedentes de la jurisprudencia provincial y del Superior Tribunal bonaerense, concluyó que la impugnación debe ser desestimada. La sentencia señala que la cuestión de fondo, relativa a la procedencia de la adición de honorarios, ha sido resuelta en línea con la normativa vigente, citando específicamente las leyes 14.967, 5827, 14365, y las jurisprudencias relacionadas. Los jueces consideran que los agravios formulados no modifican el criterio ya establecido, por lo que deciden confirmar la resolución en todos sus términos, sin costas por tratarse de una cuestión arancelaria. Además, ordenan comunicar la decisión a la Procuración General y a la Caja de Previsión Social para Abogados. Fundamentos principales: "Por lo que, tratándose de idéntica situación y siendo que el Superior Tribunal bonaerense se ha expedido en análogo sentido al resolver en la causa n° 98.565 'Bianco, Norma Beatriz c/ Lazarte, Hugo Rubén s/ Incidente de aumento de cuota alimentaria', corresponde replicar todos y cada uno de los fundamentos, citas legales y jurisprudenciales vertidas en los antecedentes citados para desestimar el planteo, en virtud de la aplicación de las disposiciones vigentes, la operatividad de derechos y principios con jerarquía constitucional y convencional, el orden público que alcanza a las leyes previsionales y al diálogo armónico entre las fuentes."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: