CHAVEZ GABRIELA C/ FISCO DE LA PCIA DE BS.AS. S/ REGULACION DE HONORARIOS
La sentencia regula los honorarios de la letrada Gabriela Chavez por actuación en trámite administrativo de regulación de honorarios en riesgos del trabajo, considerando la labor oficiosa y la responsabilidad de la aseguradora por la finalización irregular del expediente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La abogada Gabriela Chavez asistió al trabajador Ortiz Juan Ramón en un expediente administrativo por divergencia en la determinación de incapacidad laboral, tramitado ante la Comisión Médica Jurisdiccional. La gestión fue en cumplimiento obligatorio del régimen de riesgos del trabajo, reglamentado por normativa vigente (Res. 298/2017). La Comisión Médica determinó la continuidad de la incapacidad y revocó el alta otorgada por la ART, culminando el trámite sin llegar a su objeto debido a la conducta de la aseguradora, que provocó una finalización irregular del proceso. La jueza considera que la actuación profesional fue oficiosa, ya que asistió a su cliente en un trámite obligatorio, cuyo resultado fue frustrado por la conducta de la demandada, y en virtud del art. 1° de la Ley 27.348, los honorarios deben ser cargados a la aseguradora. La regulación estimada por la jueza es de 6 Jus arancelarios (que equivalen a $203.420) por la actuación administrativa, y 7 Jus (que suman $284.788) por la actuación en el proceso judicial, en ambos casos a cargo del Fisco de la Provincia de Buenos Aires. La decisión contempla que los honorarios deben abonarse en 60 días, en forma directa a los profesionales, y la condena en costas recae en la parte demandada. La sentencia se fundamenta en que la labor realizada fue en trámite obligatorio, complementaria y en cumplimiento de la normativa aplicable, y que la conducta de la parte demandada fue la que frustró el resultado del procedimiento.
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