LUJAN FLORENTIN C/ GALVANO ORIENTE SRL S/ DESPIDO
La Cámara de Trabajo de La Matanza confirmó la condena a Galvano Oriente SRL por despido indirecto y condena millonaria, fundamentando que la conducta de la empresa, al no pagar los haberes y mantener silencio, configuró injuria suficiente para la extinción del vínculo laboral.
La demanda fue promovida por Florentin Lujan contra Galvano Oriente SRL reclamando indemnización por despido, diferencias salariales, vacaciones y otros rubros. La sentencia de primera instancia, confirmada en apelación, estableció que la relación laboral se extinguió por despido indirecto debido al incumplimiento grave del empleador, que no abonó en tiempo y forma los haberes y se mantuvo en silencio ante las intimaciones del trabajador. La sentencia detalló que la conducta de la empleadora, consistente en el silencio y la falta de pago, constituyó injuria suficiente para justificar la extinción del contrato, en línea con la jurisprudencia de la SCBA. Se reconoció además un monto indemnizatorio de aproximadamente 46 millones de pesos, actualizado y con intereses, y se rechazaron los rubros de diferencias salariales por categoría, indemnización Ley 24013, artículo 45 de la Ley 25.345 y artículo 132bis de la Ley de Contrato de Trabajo. El tribunal fundamentó que la conducta de la empleadora, al no pagar y no responder a las intimaciones, configuró una injuria grave que justifica el despido indirecto, y aplicó la doctrina del esfuerzo compartido y la inconstitucionalidad del artículo 7 de la Ley 23.928 en su aplicación al caso. La condena incluyó además costas, honorarios y tasas.
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