FERNANDEZ MARINA SOLEDAD C/ GOBERNACION DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ RECURSO CONTRA DECISION COMISION MEDICA JURISDICCIONAL. LEY 14997
La sentencia condenó a la Provincia de Buenos Aires a abonar a la actora una prestación dineraria por accidente laboral ocurrido en trayecto. La Cámara confirmó la cuantía y fundamentación basándose en la normativa aplicable y en consideraciones constitucionales sobre la validez del DNU 669/19.
La accionante, Marina Soledad Fernández, demanda al Estado provincial por daños derivados de un accidente in itinere ocurrido el 9/5/19, en el que sufrió fracturas y lesiones en el marco de su relación laboral como oficial de policía del Ministerio de Seguridad. La sentencia de primera instancia, basada en pruebas médicas y contables, reconoció la existencia de una incapacidad del 3,22% y condenó a la demandada a pagar $961.447,36 en concepto de prestaciones dinerarias. El tribunal analizó la constitucionalidad del DNU 669/19, concluyendo que es inconstitucional por exceder las facultades delegadas y que, por ende, debe aplicarse la normativa convencional y la ley 27.348, que establecen el interés y cálculo del monto indemnizatorio. La sentencia también dispuso intereses desde la mora en el pago y el depósito del monto en los plazos correspondientes. La parte demandada cuestionó la liquidación y el marco legal aplicado, pero la Cámara confirmó la decisión, considerando que el DNU 669/19 no resulta aplicable y que la ley 27.348 regula la materia. La resolución también estableció las costas a la demandada vencida y el envío de oficios a las instituciones pertinentes.
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