DIAZ LUIS ARIEL C/ ASOCIART S.A. ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
La homologación del acuerdo conciliatorio en reclamo por accidente de trabajo. La Cámara homologó el acuerdo y la cláusula penal, considerando que no vulnera norma alguna y que se ajusta a la ley y principios de economía procesal.
Actor: DIAZ LUIS ARIEL Demandado: ASOCIART S.A. ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO Objeto: Reparación del daño por accidente de trabajo, mediante acuerdo conciliatorio y homologación judicial. Decisión: Se homologó el acuerdo conciliatorio por la suma de $15.000.000, se homologó la cláusula penal, se impusieron costas a la demandada, y se ordenó la denuncia de datos bancarios para pago de honorarios y aportes. La homologación tiene fuerza de cosa juzgada y fue aprobada en mérito a su conformidad con la ley y las normas procesales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El acuerdo sometido a conocimiento de este organismo
- el que fuera ratificado personalmente por el actor
- es susceptible de ser homologado en esta instancia pues no vulnera norma alguna de orden público y se adecua a los dispositivos de los arts. 12 y 15 de la LCT t.o., habiéndose arribado a una justa composición de la litis."
"Resultando la multa proporcional con el monto de la obligación, corresponde homologar la cláusula penal pactada por las partes."
"En mérito a lo resulto en las cuestiones que anteceden, entiendo que corresponde: 1º) Homológase con fuerza y autoridad de cosa juzgada el acuerdo conciliatorio suscripto por las partes por la suma PESOS QUINCE MILLONES ($ 15.000.000)... 4º) HOMOLOGAR la cláusula penal pactada por las partes por resultar la misma acorde al monto de la obligación."
No existen votos disidentes relevantes en el análisis presentado.
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