VARGAS CESAR EDUARDO C/ PROVINCIA ART S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
Homologación del acuerdo transaccional en juicio laboral y orden de pagos y costas
¿Qué se resolvió en el fallo?
El tribunal homologó un acuerdo transaccional entre César Eduardo Vargas y Provincia ART S.A. en un proceso por accidente de trabajo. La decisión consideró que el acuerdo cumple con los requisitos legales y representa una justa composición de derechos e intereses. Además, ratificaron la aceptación del acuerdo por parte del actor y dispusieron su homologación, ordenando pagos y costas a cargo de la demandada. La resolución destacó que el acuerdo fue ratificado en forma personal por el actor el 12/06/2025, y que las condiciones, incluyendo la cláusula penal del 0,30% por día de retardo, son válidas y homologables según el art. 15 de la Ley de Contrato de Trabajo. La homologación implica que se ordenan los depósitos judiciales y las intimaciones correspondientes, con regulación de honorarios y costas. La decisión también regula aspectos administrativos, como la apertura de cuenta judicial y las notificaciones, enmarcados en la normativa vigente y la Ley 14.967. Fundamentos principales: El tribunal expresó que “en el acuerdo transaccional al que arriban las partes para poner fin al pleito, concurren los requisitos exigidos por la Ley para su validez y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las mismas conforme se los planteara en la controversia sometida a decisión del Tribunal y al estado actual de las presentes actuaciones”. Además, resaltó que “en fecha 12/06/2025 el actor en forma personal ratifica el acuerdo celebrado, requisito que considero esencial”. En cuanto a la cláusula penal, sostuvo que “la parte demandada abonará en concepto de cláusula penal, el 0,30 % del capital adeudado por cada día de retardo en la acreditación de los respectivos depósitos”, y que “correspondería homologar el mismo (art. 15 L.C.T.) y ordenar los pagos acordados mediante DEPOSITOS JUDICIALES, regulando los honorarios de los profesionales intervinientes e imponiendo las costas A LA PARTE DEMANDADA”. La homologación se fundamenta en que “el acuerdo cumple con los requisitos previstos en la normativa laboral, y ratificado por el actor, que garantiza su validez y ejecutividad”. Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia relevantes.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: