FERREYRA DIEGO LEONEL C/GUYON EMANUEL Y OTRO S/ INDEMNIZACION POR DESPIDO
La Cámara de Apelaciones en lo Laboral de Quilmes resolvió declarar la caducidad de instancia en una causa por indemnización por despido, fundamentando la fallo en el transcurso excesivo del tiempo sin actividad de la parte actora y en la intimación incumplida.
La parte actora, Diego Leonel Ferreyra, demandó a Emanuel Guyon y otro por indemnización por despido. La causa fue resuelta con la declaración de caducidad de instancia por parte del tribunal, basado en el incumplimiento de la parte actora a la intimación de activar el procedimiento, la cual fue notificada el 3 de marzo de 2020. La sentencia señala que, desde la última actuación en 2007, han transcurrido más de 13 años sin que la parte actora haya dado curso al proceso, lo que configura la caducidad prevista en el art. 11 de la ley 15.057 y en el art. 315 del C.P.C.C. La decisión fue unánime, adhiriendo las juezas en todos sus fundamentos. La resolución también dispuso las costas a cargo de la parte actora y la regulación de honorarios. Fundamentos principales: "Que los plazos establecidos por el art. 11 de la ley 15.057, han transcurrido holgadamente en esta causa, con posterioridad a la última actuación útil de fecha 24/8/2007." "Que el transcurso del tiempo y el silencio guardado por la parte actora frente a la intimación a activar el procedimiento, hacen aplicable al caso, el instituto de la caducidad de instancia establecido especialmente por el art. 11 de la ley 15.057; art. 315 mod. ley 13.986." "De acuerdo con el art. 11 de la ley 15.057 y el art. 315 del C.P.C.C., la inacción prolongada y el incumplimiento de la parte actora justifican la declaración de caducidad, por lo que corresponde hacer lugar a la misma." No se registran votos disidentes ni fundamentos en disidencia en la sentencia.
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