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MALDONADO MARCOS GUILLERMO C/ ASOCIART S.A. ART S/ ACCIDENTE IN-ITINERE

Homologación de acuerdo conciliatorio en proceso laboral; decisión de homologar y establecer condiciones de pago, costas y suspensión del plazo de pago por acreditación de cuenta bancaria

Costas Acuerdo extrajudicial Proceso laboral Deposito judicial Suspension del plazo Ley 27.348 Homologacion acuerdo conciliatorio Ley 15.057 Accidente in-itinere Costas y tasas.

El tribunal de trabajo homologó un acuerdo conciliatorio celebrado entre las partes en un expediente por accidente in-itinere. La jueza Bártola afirmó que “la conciliación a que arriban las partes para poner fin al proceso, no vulnera ningún principio de orden público y constituye, a mi entender, una justa composición de los derechos e intereses de las partes, tal cual se los plantea en la controversia sometida a decisión del Tribunal”. La homologación resulta procedente “con los efectos de la cosa juzgada” (arts. 15 de la L.C.T.; 30 de la ley 15.057). El acuerdo establece que la parte obligada al pago debe depositar el monto en una cuenta bancaria de Maldonado, y que la parte actora debe acreditar la titularidad en autos, suspendiendo el plazo de pago hasta que ello ocurra. Las costas son a cargo de la demandada (art. 73 del C.P.C.C.). La parte demandada fue eximida del pago del 50% de la tasa de justicia, con la obligación de acreditar el restante en un plazo de 5 días, mediante depósito en cuenta específica, bajo apercibimiento de ejecución. La decisión se fundamenta en que “la conciliación no vulnera principios de orden público” y que “los derechos e intereses de las partes” fueron debidamente considerados. La resolución fue votada en unanimidad por las juezas del tribunal.

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