DOMINGUEZ TORRES ANGEL C/ MINISTERIO DE SEGURIDAD - POLICIA DE LA PCIA. DE BS. AS. S/ RECURSO CONTRA DECISION COMISION MEDICA JURISDICCIONAL. LEY 14997
El trabajador demandó por incapacidad derivada de un accidente laboral ocurrido el 15/01/2019. La sentencia de primera instancia condenó a la Provincia de Buenos Aires a abonar una suma de aproximadamente 9,07 millones de pesos por incapacidad permanente parcial y actualización del capital, confirmando la constitucionalidad de las normas aplicadas y rechazando la inconstitucionalidad del decreto 669/19.
El actor, Angel Dominguez Torres, demandó al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires por lesiones sufridas en un accidente laboral, solicitando una indemnización por incapacidad permanente parcial y daños derivados. La demandada, a través de su representante, negó los hechos y cuestionó la liquidación y las bases legales, alegando inconstitucionalidad de normas. La prueba pericial médica estableció una incapacidad del 4% de la T.O. y la pericia contable determinó un ingreso mensual base de $76.053,37. La sentencia valoró que la incapacidad es permanente y relacionada con el accidente, y aplicó las normas de la ley 24.557 y sus modificaciones, calculando la indemnización en $228.657,91 y la actualización en $8.840.819,93, totalizando $9.069.477,84. La Corte sostuvo que las pautas indemnizatorias son las vigentes al momento de la incapacidad y rechazó la inconstitucionalidad del decreto 669/19, confirmando la condena y las multas por intereses. Se desestimaron otros planteos de inconstitucionalidad por no ser concretos o por ya haber sido resueltos en instancias previas. La sentencia también dispuso costas y regular honorarios. La decisión fue unánime en confirmar la condena y declarar la inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928, por considerarse que la aplicación del índice RIPTE no vulnera derechos constitucionales.
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