SILVA JORGE ORLANDO C/GALENO ART S.A. S/ACCIDENTE IN-ITINERE
La Cámara dictó sentencia favorable al trabajador, condenando a la aseguradora a abonar una indemnización por incapacidad permanente parcial tras comprobar la existencia del accidente in itínere y la incapacidad derivada, rechazando inconstitucionalidades y planteos de inconstitucionalidad.
El actor, Jorge Orlando Silva, demanda a GALENO ART por accidente in itínere ocurrido el 16/04/2015, en el que sufrió lesiones cervicales, lumbares, en rodillas y hombros, atribuidas al accidente de tránsito en su desplazamiento hacia el trabajo. La pericia médica establece una incapacidad del 22,80% de la T.O., específicamente por cervicalgia, lumbalgia, gonalgias y omalgia, con limitaciones funcionales, y concluye que la incapacidad está relacionada causalmente con el accidente. La pericia psiquiátrica no detecta incapacidad por enfermedad mental vinculada al siniestro. La pericia contable estima un ingreso mensual base de $13.186,43 y calcula la indemnización en $181.235,80, considerando la incapacidad del 19,15% tras deducir preexistencias y aplicando las normas vigentes. La sentencia analiza las inconstitucionalidades de la ley 24.557 y las normas relacionadas, y concluye que la competencia es de los Tribunales del Trabajo, declarando la inconstitucionalidad de los arts. 8 ap. 3°, 21, 22 y 46 de la ley 24.557 por violación a la Constitución Nacional, con base en jurisprudencia de la SCBA y la CSJN. Rechaza los planteos de inconstitucionalidad del art. 3 de la ley 26.773, en línea con dicha jurisprudencia. Asimismo, desestima los reclamos por daño psicológico y traumatismo en brazo por carecer de causa legal, y la suma adicional del art. 3 de la ley 26.773, por tratarse de un accidente in itínere. Finalmente, condena a GALENO ART a pagar la suma de $181.235,80 con intereses desde la fecha del accidente, y ordena las comunicaciones y transferencias correspondientes, imponiendo costas a la parte vencida.
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