CARBALLO JUAN MANUEL C/ FISCALIA DE ESTADO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ MATERIA A CATEGORIZAR
La sentencia regula los honorarios del letrado por trabajos extrajudiciales en un proceso ante la Comisión Médica, confirmando la procedencia del reclamo y estableciendo el monto a pagar por la demandada.
El actor, Dr. Juan Manuel Carballo, demanda a la Fiscalía de Estado de la Provincia de Buenos Aires por honorarios por su actuación en trámites ante la Comisión Médica N° 11 de La Plata, en representación de la trabajadora Marcela Silvana González, en un expediente de incapacidad laboral derivada de un accidente de trabajo. La resolución homologó un acuerdo que determinó una incapacidad del 10.9% y una prestación dineraria de $6.550.597,08. La demandada argumenta que la vía judicial no es adecuada y que los honorarios deben limitarse al 5% del monto reconocido, además de que el pago corresponde a la repartición empleadora del letrado. La sentencia concluye que la actuación del actor fue conforme a la normativa aplicable, que la ley 27.348 y la ley arancelaria local 14.697 regulan los honorarios, y que la parte demandada debe abonar la suma de $838.497,24, equivalente a 20,61 IUS ARANCELARIOS, más aportes previsionales y IVA si correspondiere. Se regula además que la condena debe cumplirse en 60 días hábiles desde la notificación, con costas a cargo de la parte vencida. La sentencia hace lugar a la demanda, confirma el monto del honorario y ordena su pago. La Cámara comparte los fundamentos y confirma la decisión.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: