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CARBALLO JUAN MANUEL C/ FISCALIA DE ESTADO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ MATERIA A CATEGORIZAR

La sentencia regula los honorarios del letrado por trabajos extrajudiciales en un proceso ante la Comisión Médica, confirmando la procedencia del reclamo y estableciendo el monto a pagar por la demandada.

Recurso de apelacion Indemnizacion Regulacion de honorarios Honorarios profesionales Comision medica Trabajos extrajudiciales Accidentes laborales Ley 27.348 Estado provincial Ley 14.697

El actor, Dr. Juan Manuel Carballo, demanda a la Fiscalía de Estado de la Provincia de Buenos Aires por honorarios por su actuación en trámites ante la Comisión Médica N° 11 de La Plata, en representación de la trabajadora Marcela Silvana González, en un expediente de incapacidad laboral derivada de un accidente de trabajo. La resolución homologó un acuerdo que determinó una incapacidad del 10.9% y una prestación dineraria de $6.550.597,08. La demandada argumenta que la vía judicial no es adecuada y que los honorarios deben limitarse al 5% del monto reconocido, además de que el pago corresponde a la repartición empleadora del letrado. La sentencia concluye que la actuación del actor fue conforme a la normativa aplicable, que la ley 27.348 y la ley arancelaria local 14.697 regulan los honorarios, y que la parte demandada debe abonar la suma de $838.497,24, equivalente a 20,61 IUS ARANCELARIOS, más aportes previsionales y IVA si correspondiere. Se regula además que la condena debe cumplirse en 60 días hábiles desde la notificación, con costas a cargo de la parte vencida. La sentencia hace lugar a la demanda, confirma el monto del honorario y ordena su pago. La Cámara comparte los fundamentos y confirma la decisión.

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