RAMOS DEBORA BETIANA C/ ANDINA ART S.A. S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL
El acuerdo conciliatorio en un proceso por enfermedad profesional fue homologado por el tribunal, consolidando la composición de derechos y obligaciones de las partes, incluyendo costas, honorarios y regulaciones de pago, promoviendo la celeridad y cumplimiento del acuerdo.
La parte actora, RAMOS DEBORA BETIANA, demandó a ANDINA ART S.A. por enfermedad profesional. Las partes presentaron un acuerdo conciliatorio que fue homologado por el Tribunal del Trabajo N° 1 de Avellaneda, en virtud de que no vulnera principios de orden público y favorece la celeridad procesal. La homologación incluye la aprobación del acuerdo, la imposición de costas a cargo de la demandada, regulación de honorarios profesionales, y detalles sobre los pagos, incluyendo la acreditación y la liquidación de honorarios e impuestos. El tribunal también intimó a la demandada a acreditar los pagos y a la actora a acreditar los datos bancarios para los depósitos, además de ordenar el cobro de la tasa de justicia. La decisión se fundamenta en la normativa de la ley de conciliación laboral y en las disposiciones sobre honorarios y costas, promoviendo la ejecución efectiva del acuerdo.
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