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RAMOS DEBORA BETIANA C/ ANDINA ART S.A. S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL

El acuerdo conciliatorio en un proceso por enfermedad profesional fue homologado por el tribunal, consolidando la composición de derechos y obligaciones de las partes, incluyendo costas, honorarios y regulaciones de pago, promoviendo la celeridad y cumplimiento del acuerdo.

Costas Acuerdo extrajudicial Honorarios profesionales Pago Enfermedad profesional Homologacion Conciliacion laboral Tutela de derechos Ley 15.057 Avellaneda

¿Qué se resolvió en el fallo?

La parte actora, RAMOS DEBORA BETIANA, demandó a ANDINA ART S.A. por enfermedad profesional. Las partes presentaron un acuerdo conciliatorio que fue homologado por el Tribunal del Trabajo N° 1 de Avellaneda, en virtud de que no vulnera principios de orden público y favorece la celeridad procesal. La homologación incluye la aprobación del acuerdo, la imposición de costas a cargo de la demandada, regulación de honorarios profesionales, y detalles sobre los pagos, incluyendo la acreditación y la liquidación de honorarios e impuestos. El tribunal también intimó a la demandada a acreditar los pagos y a la actora a acreditar los datos bancarios para los depósitos, además de ordenar el cobro de la tasa de justicia. La decisión se fundamenta en la normativa de la ley de conciliación laboral y en las disposiciones sobre honorarios y costas, promoviendo la ejecución efectiva del acuerdo.

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