CASTELITTI CRISTIAN EDUARDO C/ TRANSPORTES AUTOMOTORES RIACHUELO S.A S/ INCAPACIDAD ABSOLUTA (ART. 212 L.C.T.)
El tribunal homologó un acuerdo conciliatorio entre las partes en un proceso de incapacidad absoluta por accidente laboral. La sentencia ratificó la validez del acuerdo, impuso costas a la demandada y reguló honorarios profesionales, reforzando la importancia de la conciliación en materia laboral y de seguros sociales.
El proceso fue iniciado por Cristian Eduardo Castelitti contra Transportes Automotores Riachuelo S.A por incapacidad absoluta prevista en el artículo 212 de la Ley de Contrato de Trabajo. Las partes alcanzaron un acuerdo conciliatorio en audiencia el 06/06/2025, que el tribunal homologó, considerando que la conciliación no vulnera principios de orden público y que favorece la celeridad procesal. La demandada se hizo cargo de las costas y se reguló la honorarios profesionales en los montos de 98,31 JUS ($4.000.000) cada uno, más aportes previsionales y IVA. Se ordenó además que la demandada acredite el pago de honorarios y aportes en 60 días, y se intimó a acreditar el pago de la tasa de justicia por $440.000, bajo apercibimiento. La resolución destaca que la intervención judicial fue necesaria y que la conciliación contribuye a una resolución efectiva del conflicto laboral.
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