ARAYA ELISABETH C/ INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL S/ AMPARO POR MORA
La sentencia de primera instancia ordena a la autoridad administrativa a expedirse en 15 días en una acción de amparo por mora, confirmando la existencia de incumplimiento en los plazos administrativos y condenando a costas a la demandada. La decisión fundamenta que la demora vulnera el derecho a una resolución fundada y oportuna, en línea con los principios del debido proceso y la ley de procedimiento administrativo. La resolución se basa en que la autoridad incumplió los plazos previstos en el decreto-ley nº 7.647/70, específicamente en los arts. 77, 78, 80, y que dicha demora carece de justificación, configurando una mora administrativa. Se hace énfasis en que la obligación de la administración de pronunciarse en plazo razonable es un deber jurídico y que la omisión implica una irregularidad que afecta la eficacia del acto administrativo y los derechos del solicitante. La sentencia no analiza el fondo del pedido de beneficio jubilatorio, limitándose a constatar la demora y ordenar la resolución en el plazo de 15 días, imponiendo costas a la parte demandada por su condición de vencida. La decisión también regula los honorarios profesionales en conformidad con la normativa vigente y dispone la apertura de la cuenta judicial para la ejecución del fallo.
Mora administrativa
Administracion publica
Recursos administrativos
Accion de amparo por mora
Plazo administrativo
Responsabilidad de la administracion
Garantias del debido proceso
Decreto-ley 7647/70
Derecho constitucional a la tutela efectiva
Orden judicial de cumplimiento
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