MARTIN OSVALDO OMAR C/ GARCIA GUSTAVO Y OTRO S/ NULIDAD DE ACTO JURIDICO ( RESERVADO)
El tribunal declara la nulidad de las cartulares en ejecución por adulteración y abuso de firma, confirmando la acción del actor y condenando al demandado a pagar las costas del proceso.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Osvaldo Omar Martin, demanda la nulidad de las cartulares emitidas por Gustavo García en las que se adulteraron fechas de vencimiento y beneficiario, fundamentando que se trató de un acto jurídico que contiene fraude y falsificación. La causa se sustenta en la adulteración de los pagarés, la condena penal de García por estafas reiteradas y uso de documentos falsos, y en la prueba confesional y pericial que acreditó la adulteración. La sentencia concluye que los pagarés y el acto jurídico que los originó son nulos por ser producto de fraude y falsificación, y que la sentencia penal, que condenó por delitos de estafa y falsificación, tiene carácter de cosa juzgada y vincula la validez de los documentos. La decisión también remarca que la acción de nulidad es autónoma y que la ley vigente al momento de los hechos rige la nulidad, toda vez que la acción fue promovida en tiempo y forma. Además, se imponen las costas al demandado vencido. Fundamentos principales: "De las constancias probatorias, particularmente la confesional del demandado y las pericias que acreditaron la adulteración de los pagarés, surge que los documentos en cuestión contienen fechas y montos falsificados, realizados con la finalidad de engañar a la autoridad judicial y obtener beneficios ilícitos. La condena penal, firmemente establecida, ratifica la existencia de fraude y uso de documentos falsos, con lo cual los pagarés carecen de validez. La jurisprudencia y doctrina señalan que los actos jurídicos viciados por fraude y falsificación son nulos, y en este caso, la acción de nulidad es procedente y autónoma, dirigido a anular las cartulares y el proceso ejecutivo que las contiene. La ley vigente al momento de los hechos, en particular el Código Civil, establece que los actos viciados de nulidad por fraude son ineficaces, y que la nulidad puede ser solicitada en cualquier tiempo. La sentencia penal, que condenó por estafas reiteradas, constituye un elemento de prueba que vincula la validez de los documentos y del acto jurídico que los originó, siendo la causa de nulidad fundada en la adulteración, falsificación y fraude."
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