.................... S/ RECURSO DE CASACION
La Cámara de Casación Penal rechaza el recurso de casación interpuesto contra la resolución que denegó el cambio de régimen penitenciario de D.A.C. La mayoría de los jueces concluyen que la resolución impugnada no es equiparable a sentencia definitiva y, por tanto, inadmisible para casación, considerando que la decisión no termina ni impide la continuación del proceso ni constituye una sentencia definitiva. La fundamentación se basa en precedentes de la Corte Suprema y la doctrina de la misma Cámara, destacando que la resolución no afecta la acción ni la continuidad de la causa ni produce un efecto que requiera tutela judicial inmediata. La disidencia, representada por el juez Mancini, comparte la misma conclusión y fundamentación, adhiriendo a los argumentos de la mayoría.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La Defensa Oficial interpuso recurso de casación contra la resolución que negó el cambio de régimen penitenciario a favor de D.A.C., condenado a ocho años por abusos sexuales con acceso carnal agravado, con fecha de vencimiento de condena prevista para el 13 de octubre de 2026.
- La Cámara de Dolores había confirmado la denegatoria basada en informes criminológicos y en la evaluación de la progresividad de la pena, considerando que la concesión del cambio era prematura.
- La defensa argumentó que la resolución vulneraba principios constitucionales y tratados internacionales sobre resocialización y derechos humanos, solicitando su revisión y el otorgamiento del régimen abierto.
- La Sala de Casación declaró que la resolución no es una sentencia definitiva ni equiparable a tal, por lo que el recurso resulta inadmisible. Se sostuvo que la resolución impugnada no termina la causa ni impide su continuación, y que las garantías constitucionales invocadas no suplen dicha carencia. La mayoría rechazó el recurso, adhiriendo a los fundamentos del juez Violini y la disidencia del juez Mancini.
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