FERNANDEZ MAURICIO HERNAN C/ SUEIRO GUMERCINDO Y OTRO/A S/DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La sentencia condena a Gumercindo Sueiro y a Paraná Seguros S.A. por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito, confirmando la responsabilidad objetiva y estableciendo un monto indemnizatorio de $8.638.290, fundamentando en la prueba técnica, la responsabilidad por riesgo y la valoración de daños patrimoniales y no patrimoniales.
La demanda fue promovida por Mauricio Hernán Fernández en contra de Gumercindo Sueiro por daños derivados de un accidente ocurrido el 9 de diciembre de 2010, en el que la responsabilidad se atribuye objetivamente a este último por el impacto en la parte trasera del vehículo del actor, que se encontraba detenido en un semáforo en Pilar. La parte actora reclamó daños materiales, lesiones físicas, daño psicológico, daño moral, gastos médicos y de transporte, además de la desvalorización del vehículo y privación del uso. El tribunal consideró que la responsabilidad del demandado está acreditada por la prueba testimonial, pericial mecánica y pericial médica, sin prueba en contrario suficiente, y que el hecho dañoso quedó comprobado, con rebeldía del demandado que fue declarado en rebeldía en 2018. Se aplicó la teoría del riesgo por responsabilidad objetiva del conductor, en línea con la normativa del Código Civil y Comercial, y la jurisprudencia del tribunal. El peritaje mecánico concluyó que los daños en el vehículo son compatibles con un impacto en cadena, siendo el vehículo del actor el primero en impactar. La declaración de testigos confirmó que el vehículo del actor se encontraba detenido en el semáforo y fue embestido por atrás por la camioneta del demandado. La responsabilidad se atribuyó sin culpa del actor ni prueba de causa eximente por parte del demandado. Respecto a las lesiones, el peritaje médico concluyó que el actor presenta un esguince cervical y lesión meniscal, con una incapacidad parcial y permanente del 8%, compatible con el accidente, y que el tratamiento psicológico y los daños morales son proporcionales y razonables. La cuantificación de daños materiales, gastos, daño psicológico, moral, y desvalorización fue realizada siguiendo fórmulas actuariales y criterios jurisprudenciales, resultando en una suma total de $8.638.290. Finalmente, el tribunal dispuso que los intereses se apliquen con tasa del 6% desde el 9 de diciembre de 2010 (fecha del hecho) hasta la pericia, y tasa pasiva desde entonces hasta el efectivo pago, y que las costas sean soportadas por los demandados en su condición de vencidos. La condena se hace extensiva a la aseguradora Paraná Seguros S.A. en los términos de la póliza.
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