.................... S/ RECURSO DE CASACION
La Sala I del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa de César Barranou, confirmando la condena por abuso sexual con acceso carnal basada en la valoración probatoria de testimonios y peritajes, y reafirmando la validez del proceso y su decisión.
El 13 de diciembre de 2024, el juez Luis María Ramón Surget condenó a César Gabriel Barranou a 6 años y 7 meses de prisión por abuso sexual con acceso carnal, responsabilizándolo por hechos ocurridos el 16 de octubre de 2022 en un establecimiento rural de General Alvear. La causa fue apelada por los defensores, quienes cuestionaron la valoración de la prueba, especialmente el relato de la víctima, M.S.H., y la interpretación de la Cámara Gesell, argumentando que existían contradicciones y que no se acreditó la participación del imputado. El Tribunal de Casación, tras analizar la prueba, testimonios, informes periciales y la valoración de la credibilidad, sostuvo que la declaración de la víctima, en un contexto de vulnerabilidad, fue creíble y consistente, que las pericias psicológicas respaldaron su relato, y que la valoración probatoria fue realizada con rigor. La Cámara destacó que no hubo violación del principio de inmediación ni de las garantías del juicio público, y que la valoración de la prueba fue racional y fundada en la sana crítica. Además, consideró que las cuestiones planteadas por la defensa ya fueron abordadas en la sentencia y que no existían errores que justificaran la casación. El Tribunal decidió, por unanimidad, rechazar el recurso de casación y confirmar la condena, con costas y regulación de honorarios para los defensores particulares. Fundamentos principales: "El relato de la víctima fue valorado con la mayor severidad y rigor crítico, considerando su estado emocional y vulnerabilidad, en línea con los estándares internacionales y la jurisprudencia nacional. La valoración probatoria fue realizada en base a la lógica, la experiencia y la sana crítica, sin que las críticas de la defensa logren demostrar falencias o arbitrariedades. La declaración de la víctima, acompañada por las pericias psicológicas y otros testimonios, conforma un cuadro probatorio sólido que acredita el hecho y la responsabilidad del imputado." No se identifican votos disidentes.
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